A partir de esta fecha, y acogiendo la buena práctica recomendada por el Consejo para la Transparencia, no se efectuarán cobros por concepto de costos directos de reproducción de documentos o copias por la entrega de la información solicitada al Ejército, excepto que sean superiores a una (1) UTM, en cuyo caso los valores serán los siguientes:
| Soporte |
Costos en pesos por unidad |
Acto administrativo que fija los costos de reproducción |
| CD |
|
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| DVD |
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| Fotocopia o impresión blanco y negro |
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